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mayo 30, 2024GENERALIDADES SOBRE LA PRUEBA DE ADN EN EL PROCESO PENAL ESPAÑOL
La prueba de ADN ha transformado significativamente el sistema judicial penal, proporcionando una herramienta robusta y precisa para la identificación de individuos implicados en delitos.
En el contexto del proceso penal en España, la regulación y la necesidad de la toma de muestras de ADN son aspectos cruciales que se abordan tanto desde una perspectiva legal como ética. Este artículo analiza la normativa española sobre la prueba de ADN en el ámbito penal, la obligatoriedad o voluntariedad de su toma y las implicaciones que ello conlleva.
1. Marco Legal de la Prueba de ADN en el Proceso Penal
1.1. Ley de Enjuiciamiento Criminal
La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) es el principal marco normativo que regula la obtención y uso de pruebas de ADN en el proceso penal español. En su artículo 363, la LECrim establece las condiciones bajo las cuales se pueden tomar muestras biológicas de una persona para realizar pruebas genéticas, resaltando la necesidad de autorización judicial salvo en casos de consentimiento del implicado. Este artículo se introduce como una medida para asegurar que la obtención de pruebas genéticas respete los derechos fundamentales de los individuos.
“Artículo 363
Los Juzgados y Tribunales ordenarán la práctica de los análisis químicos únicamente en los casos en que se consideren absolutamente indispensables para la necesaria investigación judicial y la recta administración de justicia.
Siempre que concurran acreditadas razones que lo justifiquen, el Juez de Instrucción podrá acordar, en resolución motivada, la obtención de muestras biológicas del sospechoso que resulten indispensables para la determinación de su perfil de ADN. A tal fin, podrá decidir la práctica de aquellos actos de inspección, reconocimiento o intervención corporal que resulten adecuados a los principios de proporcionalidad y razonabilidad.”
1.2 Ley Orgánica 10/2007, de 8 de octubre, reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN.
Establece una serie de delitos para los que se debe de recoger una muestra de ADN, mencionándose expresamente los que afecten a la vida, la libertad, la indemnidad o libertad sexual, la integridad de las personas, el patrimonio (siempre que se trate de delitos cometidos con fuerza, violencia o intimidación en las personas) o en caso de que se cometan en el seno de organizaciones y grupos criminales.
1.3. Protección de Datos Personales
Complementando esta regulación, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea, proporcionan un marco para la protección de los datos personales, incluidos los datos genéticos. Estas normativas aseguran que los datos obtenidos a través de pruebas de ADN sean tratados con un alto nivel de confidencialidad y seguridad, ya que se trata de “datos sensibles o especialmente protegidos” conforme a la definición de estas disposiciones legales, y por tanto se establece un protocolo más estricto para su protección.
2. La Necesidad de la Toma de Muestras de ADN
2.1. Voluntariedad y Consentimiento
La toma de muestras de ADN en el proceso penal español puede ser voluntaria si la persona implicada otorga su consentimiento explícito. Este consentimiento debe ser informado y libre de coacción, asegurando que el individuo comprende las implicaciones de la prueba y accede a ella sin presión externa. Además de ello y tal y como se acordó por la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el Pleno no Jurisdiccional de 24 de septiembre de 2014, si el investigado se encuentra detenido, el consentimiento deberá de prestarse delante de un abogado y previo el asesoramiento de este.
2.2. Autorización Judicial
En los casos en que el consentimiento del investigado no sea obtenido, la toma de muestras de ADN requiere una autorización judicial. La LECrim especifica que el juez debe evaluar la necesidad y proporcionalidad de la medida, considerando el derecho a la intimidad y la dignidad del sospechoso.
Esta evaluación implica sopesar el interés público en la resolución del delito contra los derechos individuales del sospechoso.
3. Implicaciones Jurídicas y Éticas
3.1. Derechos Fundamentales
La obtención y uso de pruebas de ADN en el proceso penal español plantean importantes cuestiones sobre los derechos fundamentales, incluyendo el derecho a la intimidad, la privacidad y la dignidad. La regulación busca equilibrar estos derechos con la necesidad de garantizar la justicia y la seguridad pública.
3.2. Admisibilidad de la Prueba
La obtención de pruebas de ADN sin seguir los procedimientos legales establecidos puede resultar en la inadmisibilidad de la prueba en el juicio penal (nulidad)Pero. La jurisprudencia española ha reiterado que cualquier prueba obtenida violando los derechos fundamentales del individuo es susceptible de ser excluida, lo que podría comprometer significativamente la capacidad del sistema judicial para perseguir y condenar a los culpables.
3.3. Impacto en el Proceso Penal
La prueba de ADN ha demostrado ser una herramienta invaluable en la identificación de sospechosos y la resolución de casos penales. Sin embargo, su uso debe estar estrictamente regulado para evitar abusos y proteger los derechos individuales. La necesidad de obtener pruebas genéticas debe ser cuidadosamente ponderada frente a las garantías procesales y los derechos humanos.
Conforme dispone el Auto de la Audiencia Provincial de Alicante (sección 10) de fecha 5 de octubre de 2021, la obtención de una muestra biológica solo estará justificada si la misma puede ser utilizada para resolver el delito en cuya investigación se pretende la toma de la muestra, y no puede ser utilizada únicamente para incorporarla a una base de datos policial, sino que en el caso de que se obtenga porque resulte necesario para resolver el caso concreto, se incluirá también en la base datos. Por este motivo, se denegará la toma de muestras con el único fin de incorporarlas a una base de datos con fines de almacenamiento.
Conclusión
La regulación de la prueba de ADN en el proceso penal español refleja un equilibrio entre la necesidad de herramientas efectivas para la administración de justicia y la protección de los derechos fundamentales de los individuos.
La toma de muestras de ADN, ya sea voluntaria o mediante autorización judicial, debe cumplir con estrictos estándares legales y éticos para asegurar que se respeten los principios de privacidad y dignidad. En última instancia, la prueba de ADN es una poderosa herramienta en la lucha contra el crimen, pero su uso debe estar siempre alineado con los valores democráticos y los derechos humanos fundamentales.
Por tanto, en el momento en el que exista un auto judicial motivado no podemos negarnos a prestar una muestra de ADN, so pena de cometer un delito de desobediencia (aunque este auto puede ser recurrido por nuestro abogado y si el recurso se estima, se ordenará la inmediata destrucción de la muestra y el borrado de toda referencia a la misma en la base de datos policial).