Abogado delito de amenazas Alicante
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Respuesta urgente

Una amenaza puede parecer un asunto menor, pero el Código Penal español lo tipifica como delito con penas de hasta cuatro años de prisión. Si ha recibido una denuncia por amenazas o ha sido víctima de ellas, actuar con rapidez y contar con asesoramiento jurídico experto es fundamental para proteger sus derechos. En Soler Martín Abogados llevamos casi 30 años resolviendo este tipo de casos en Alicante.

Tipos de amenazas penales

  • Amenazas condicionales con mal constitutivo de delito (art. 169 CP) — anuncio de un mal grave condicionado a que se haga o deje de hacer algo. Pena de 1 a 5 años.
  • Amenazas no condicionales (art. 170 CP) — anuncio de un mal sin exigencia a cambio. Pena de 6 meses a 2 años.
  • Amenazas leves (art. 171.7 CP) — cuando la amenaza no llega a ser grave pero atemoriza a la víctima. Tratadas como delito leve.
  • Amenazas por medios digitales — mensajes de WhatsApp, redes sociales, correo electrónico o cualquier plataforma digital tienen plena relevancia penal.

Cómo actuamos en su caso

1
Valoración de los hechosAnalizamos si las expresiones o mensajes denunciados constituyen amenaza penal o si se trata de una discusión sin relevancia jurídica. No toda expresión airada es delito.
2
Prueba digital y documentalLe asesoramos sobre cómo conservar mensajes, capturas y grabaciones con valor probatorio, o cómo impugnar pruebas obtenidas de forma ilícita.
3
Defensa o acusación en juicioRepresentación completa en el Juzgado de lo Penal de Alicante, con dominio de la jurisprudencia local sobre este tipo de infracciones.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden denunciar por un mensaje que envié en un momento de enfado?

Sí, aunque no siempre constituye delito. El juez valora el contexto, la relación entre las partes, la gravedad del contenido y si el destinatario pudo sentirse realmente atemorizado. Un abogado puede argumentar que fue una expresión sin voluntad real de causar mal.

¿Las amenazas prescriben si no denuncio de inmediato?

Los delitos de amenazas leves prescriben al año; los graves, a los cinco años. Actuar cuanto antes permite conservar mejor las pruebas y evitar que el agresor repita su conducta.

¿Denunciado por amenazas o víctima de ellas?

Le atendemos de inmediato con total confidencialidad.

📞 +34 629 63 75 27

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