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octubre 18, 2024Un reciente fallo judicial ha absuelto a un hombre acusado de coacciones por haber cambiado la cerradura del domicilio familiar para evitar la entrada de su hermano, con quien compartía la vivienda. El acusado alegó que tomó esta medida debido a los constantes conflictos familiares y las tensiones surgidas en relación con el uso de la propiedad.
Los hechos del caso
El caso se desarrolló en un domicilio familiar que ambos hermanos habían heredado. La convivencia entre ellos se tornó insostenible debido a desacuerdos relacionados con el uso del inmueble. Tras varias discusiones, el acusado decidió cambiar la cerradura para impedirle la entrada al domicilio.
El hermano afectado presentó una denuncia por coacciones, alegando que este acto lo privó de su derecho a acceder a la vivienda. Sin embargo, el juzgado determinó que este cambio no constituía un delito de coacciones.
Análisis legal del caso
El abogado defensor argumentó que el cambio de cerradura no fue un acto de coacción, sino una medida preventiva para evitar disputas familiares. Según el artículo 172 del Código Penal, para que exista coacción debe haber violencia, intimidación o fuerza, lo cual no se cumplió en este caso.
La decisión judicial
El juez concluyó que no había pruebas suficientes de que el acusado actuara con ánimo intimidatorio. Además, se consideró que no existía ninguna medida cautelar previa que garantizara el acceso del hermano afectado.
Reflexión final
Este fallo judicial resalta la importancia de analizar el contexto de los conflictos familiares antes de considerar un acto como delito de coacciones. No todos los cambios en el acceso a una propiedad pueden interpretarse como actos ilícitos si no existe un ánimo coercitivo.